Modelo de contrato de anticrético Bolivia

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SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA
Entre las escrituras que corren a su cargo sírvase insertar una de contrato anticrético bajo las condiciona y cláusulas siguientes:
Primera.- Yo NOMBRE COMPLETO PROPIETARIO, con C.I. N° 000000 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, declaro que soy propietario legítimo del Departamento N° 000, ubicado en la planta Baja del Edificio “NOMBRE”, DIRECCIÓN COMPLETA de ésta ciudad. Cuyo título de dominio se halla inscrito en Derechos Reales bajo la matrícula computarizada N° MATRICULA de fecha DIA de MES de AÑO.
Segunda.- Al presente por convenir a mis intereses, referido Departamento, de mi libre y espontánea voluntad, doy en contrato anticrético, a favor de la señorita NOMBRE COMPLETO BENEFICIADA, con C.I. 000000 L.P., mayor de edad, hábil por derecho, por el monto libremente convenido de $us. 12.000,00.- (DOCE MIL 00/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES) a la siguiente modalidad, $us. 11.000,00.- (ONCE MIL 00/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES) a la firma del presente documento y $us. 1.000,00.- (UN MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES)  hasta el DIA de MES del presente año.
Tercera.- El tiempo de duración del presente contrato será de un año forzoso y un año voluntario, computable el mismo a partir de fecha DIA de MES de MES, sometiéndonos a la finalización del año forzoso a la tácita reconducción, sin embargo las partes pueden rescindir el contrato debiendo comunicar por escrito a la otra parte en un plazo no menor a 60 días, se sobre entiende que el capital no devengará intereses y no se pagaran alquileres por el inmueble y se deja expresa constancia que el inmueble no reconoce gravamen alguno.
Cuarta.- El inmueble materia del presente contrato, consta de living-comedor, una pequeña cocina, un baño privado, un dormitorio, que incluye una línea telefónica signada con el N° 000000, una cocina eléctrica y un calefón, todo en muy buen estado de conservación y funcionamiento. Se deja establecido que el departamento será utilizado exclusivamente como vivienda de la anticresista, quien tampoco podrá subalquilar, ni subrogar los términos de este contrato a favor de otros familiares o determinadas personas.
Quinta.- El pago de los servicios básicos, así como el de mantenimiento del edificio, correrá a partir de la fecha de suscripción del presente documento, por cuenta de la acreedora anticresista, asimismo, se compromete a cuidar y conservar en buen estado el departamento que recibe en calidad de anticresis, responsabilizándose de cualquier destrucción o deterioro que pudiera ocasionar durante la vigencia del contrato, salvo aquellos que por desgaste normal o por uso corriente se hubieran producido no imputables a dolo, descuido o negligencia. En anexo se adjunta el inventario del departamento.
Sexta.- El presente contrato puede quedar disuelto de pleno derecho, por voluntad unilateral de cualquiera de las partes, manifestada mediante comunicación escrita a la otra parte, con anticipación mínima de 60 días calendario.
Séptima.- En caso de incumplimiento en la devolución del capital anticrético o en la entrega del departamento a su propietario al fenecimiento del plazo establecido en la cláusula tercera, si no se suscribiera otro documento prorrogando el año voluntario, el presente instrumento tendrá la fuerza ejecutiva necesaria y de plazo vencido, quedando facultada la parte afectada a iniciar la acción judicial respectiva, con imposición de daños, perjuicios y costas del proceso para el infractor.
Octava.- Nosotros, NOMBRE COMPLETO PROPIETARIO, como propietario, por una parte y NOMBRE COMPLETO, como anticresista acreedor, por otra parte, declaramos nuestra plena conformidad con las cláusulas suscritas en el presente documento, para su fiel y estricto cumplimiento.
Usted Señor Notario de Fe Pública agregará las demás cláusulas de estilo, rigor y seguridad.
La Paz, DIA de MES de AÑO





      NOMBRE COMPLETO PROP.         NOMBRE COMPLETO

        Propietario                                           Anticrecista

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